Cómo solicitar copia de una Resolución Exenta emitida por Extranjería a través de Transparencia
Muchas veces, el Departamento de Extranjería y Migración, al comunicar el rechazo o archivo de una solicitud de visa o Permanencia Definitiva, no acompaña la Resolución Exenta que contiene los fundamentos del rechazo o archivo, y que es de extrema importancia al momento de analizar si proceden recursos en su contra (arbitrariedades, ilegalidades u otros errores). ¿Cómo se puede obtener copia de la Resolución Exenta? En este artículo te lo explicamos.
Ley de Transparencia
La Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado (Ley 20.285), en vigencia desde abril de 2009, reconoce a todas las personas (chilenos o extranjeros) su derecho a acceder a la información que se encuentra en poder de cualquier Institución Pública.
Dentro de la información que puede solicitarse, se encuentra:
- Los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que le sirven de sustento y complemento directo y esencial y los procedimientos que se utilicen para su dictación.
- Toda información elaborada con presupuesto público, cualquier sea el formato o soporte en que se contenga, salvo excepciones contempladas en la Ley de Transparencia (por ejemplo: información reservada).
En la práctica, el medio por el cual toda persona puede solicitar acceso a la información pública es a través del Portal de Transparencia.
Cómo solicitar información a través del Portal de Transparencia
Primero, debemos dirigirnos al sitio web de Transparencia (URL: https://www.portaltransparencia.cl/PortalPdT/).
Una vez ahí, seleccionamos la opción de “Solicitar Información”:
En la siguiente pestaña, hacemos click en el botón “Continuar” (Nota: También puede hacerse click en Iniciar sesión, pero habrá que registrarse. El registro no es necesario para solicitar información):
Enseguida, debemos seleccionar el tipo de Organismo Regulado, en este caso “Ministerios y Presidencia”.
Luego, en la siguiente tabla que se desplegará, debemos seleccionar “Interior y Seguridad Pública”:
Por último, tenemos que seleccionar “Subsecretaría del Interior” o la Gobernación Provincial respectiva, en caso que la decisión haya sido tomada por una Gobernación:
En la siguiente pestaña tenemos que indicar nuestros datos personales (tipo de persona, nombre y apellido paterno):
Luego, debemos seleccionar «Correo electrónico» como forma de notificación y señalar nuestra dirección de correo electrónico (Importante: debemos escribir el correo electrónico correctamente, ya que seremos notificados en esta dirección):
Posteriormente, tenemos que detallar nuestra solicitud en el campo de «Ingrese su solicitud»:
Por ejemplo:
“Solicito copia de la Resolución Exenta N° 1332249 de fecha 01/01/2020, dictada por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que rechazó mi solicitud de Permanencia Definitiva (N° 22356).”
Después de detallar nuestra solicitud, debemos seleccionar PDF como formato de entrega de solicitud, correo electrónico como medio de envío o retiro de la información solicitada y escribir nuevamente nuestro correo electrónico en la caja de email de respuesta:
Por último, solo nos falta escribir el código de verificación, seleccionar la opción de «Solicito recibir acuse de recibo» y hacer click en «Enviar solicitud«:
Nota: Todos los campos con asterisco (*) son obligatorios. El resto, en que se antepone «(op)» son opcionales y queda a decisión del solicitante el llenarlos o dejarlos vacíos.
¿Qué viene después de presentar la solicitud?
Se recibirá un correo de confirmación, enviado a la dirección que señalamos en el formulario, con el número de solicitud. Con este número podremos seguir la tramitación de la solicitud en línea.
El plazo que tendrá la autoridad, para dar respuesta a la solicitud, es de 20 días hábiles, pudiendo ser excepcionalmente prorrogado por otros 10 días hábiles, cuando existan circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada, caso en que la Institución requerida comunicará al solicitante, antes del vencimiento del plazo, la prórroga y sus fundamentos.
Recibiremos la respuesta y el documento a través de correo electrónico.
Si la autoridad no responde dentro de los 20 días hábiles siguientes, o dentro de los 30 días hábiles siguientes (si se solicitó prórroga), niega la entrega de la información o responde parcialmente nuestra petición, contaremos con 15 días hábiles para acudir al Consejo para la Transparencia a fin de interponer un reclamo y exigir la información solicitada.
Hola consulta por favor si me pueden ayudar me llego mi resolución exenta donde dice que fue archivada porque estoy fuera del país! Y no es así yo salí el año pasado de vacaciones con mis documentos en trámites y mi ampliación correspondiente, y entre sin ningún problema y no entiendo ahora porque dice que no estoy dentro del país, incluso tengo mis cotizaciones al día y mantengo en el mismo trabajo ahora no se que debo hacer
Me pasó lo mismo y lo que tuve que hacer fue solicitar un archivo con todas mis entradas y salidas a la PDI y ahí me di cuenta que el error fue de PDI y que por eso archivaron mi visa. Una vergüenza.
Alguien puede indicarme cómo obtener una copia de resolución exenta de permanencia definitiva? La necesito para solicitar el certificado de permanencia definitiva vigente si alguien puede ayudarme se lo agradezco.
Erika, estoy en tu misma búsqueda. Entiendo que la vía expuesta es solo para rechazos?!!
hola disculpa estoy ennlas mismas sucede q tengo q renovar la cedula y me piden eso y no puedo descargar el certificado via on line por q no tengo el codigo de la reslucion exenta o donde puedo dirigirme para qe me den ese dovumento