Se publica Ley que aumenta los requisitos para el sufragio de personas extranjeras
El día de hoy se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.773 que modifica la Carta Fundamental en materia de derecho de sufragio de personas extranjeras.
Con ello, a partir del año 2026, solo podrán votar las personas extranjeras mayores de 18 años, avecindadas en Chile por más de 10 años ininterrumpidos, y que no hayan sido condenadas a pena aflictiva.
De acuerdo a la Ley, los extranjeros sólo se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva.
Por último, durante el período de avecindamiento, los extranjeros no deberán registrar salidas del país por más de 90 días en cualquier período de 12 meses.
Texto de la Ley
La ley introdujo 3 modificaciones a la Constitución Política de la República:
1) Reemplaza el inciso primero del artículo 14 por el siguiente:
«Artículo 14.- Los extranjeros avecindados en Chile por más de diez años ininterrumpidos, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley. Para estos efectos, los extranjeros sólo se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva. Con todo, durante el período de avecindamiento, no deberán registrar salidas del país por más de noventa días en cualquier período de doce meses.»
2) Elimina, en el inciso segundo del artículo 15, la frase «para los electores» y la palabra «electores».
3) Agrega la siguiente disposición quincuagésima cuarta transitoria, nueva:
«Quincuagésima cuarta. Las modificaciones a los artículos 14 y 15 de esta Constitución, introducidas por el artículo único de la ley de reforma constitucional en materia de derecho de sufragio de personas extranjeras, comenzarán a regir desde el año 2026. Previo a su entrada en vigencia, una ley establecerá multas para ciudadanos por incumplimiento del deber de sufragio».