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	<description>Abogados de inmigración en Chile</description>
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		<title>Cambios en materia migratoria en Chile</title>
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		<pubDate>Sat, 14 Apr 2018 02:37:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El pasado día 9 de abril se anunciaron una serie de medidas que significarán cambios en materia migratoria en Chile: Cambios por vía administrativa con efecto inmediato. Proceso de regularización extraordinaria. Indicaciones al Proyecto de Ley de Migración y Extranjería. Cambios por vía administrativa con efecto inmediato I) A partir del 16 de abril de [&#8230;]</p>
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<p align="justify">El pasado día 9 de abril se anunciaron una serie de medidas que significarán cambios en materia migratoria en Chile:</p>
<ol>
<li>Cambios por vía administrativa con efecto inmediato.</li>
<li>Proceso de regularización extraordinaria.</li>
<li>Indicaciones al Proyecto de Ley de Migración y Extranjería.</li>
</ol>
<h3 align="justify"><span style="color: #f04d4d;"><b>Cambios por vía administrativa con efecto inmediato</b></span></h3>
<p align="justify"><strong>I) A partir del 16 de abril de 2018:</strong></p>
<p align="justify">a) Se exigirá la obtención de una Visa Consular de Turismo Simple con derecho a ingreso y permanencia en Chile en tal calidad por un período máximo de 30 días, a los nacionales de <span style="color: #f04d4d;"><b>Haití</b></span> que deseen ingresar al país con fines de recreo, deportivos o religiosos, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas.</p>
<p align="justify">b) Entrará en vigencia la nueva Visa de Responsabilidad Democrática para nacionales de <span style="color: #f04d4d;"><b>Venezuela</b></span>, que no posean antecedentes penales.</p>
<ol>
<li>Tendrá una vigencia de hasta 12 meses, plazo que podrá prorrogarse por una vez, o solicitar la Permanencia Definitiva.</li>
<li>Sólo podrá ser solicitada en el Consulado de Chile en Venezuela.</li>
</ol>
<p align="justify"><strong>II) A partir del 23 de abril de 2018 se elimina del catalogo de visas la visa de residencia temporaria por motivos laborales.</strong></p>
<p align="justify">La eliminación de esta visa no afectará la tramitación de los visados temporarios por motivos laborales que hayan sido remitidos vía correo postal al Departamento de Extranjería y Migración o presentados en las Gobernaciones Provinciales respectivas con anterioridad a la fecha señalada (23 de abril de 2018).</p>
<p align="justify">Tampoco afectará la vigencia y validez de los visados temporarios por motivos laborales ya otorgados y que se encuentren vigentes a esta fecha, conservado en ambos casos sus titulares el derecho a solicitar prórroga por una sola vez o solicitar la Permanencia Definitiva.</p>
<p align="justify"><strong>III) A partir del 2 de julio de 2018 entrará en vigencia la nueva Visa Humanitaria de Reunificación Familiar para nacionales de <span style="color: #f04d4d;">Haití</span>.</strong></p>
<ol>
<li>Dirigido a cónyuges, convivientes civiles, hijos menores de edad y mayores que estudien hasta los 24 años de nacionales haitianos, que no posean antecedentes penales.</li>
<li>La visa tendrá una duración de hasta 12 meses, plazo que podrá prorrogarse por una vez, o solicitar la Permanencia Definitiva.</li>
<li>Se emitirán 10.000 visados humanitarios por año.</li>
<li>Sólo se podrá solicitar en el Consulado de Chile en Haití.</li>
</ol>
<p align="justify"><strong>IV) Entrarán en vigencia a partir del día 1 de agosto de 2018, 3 nuevas visas (para todas las nacionalidades):</strong></p>
<p align="justify"><span style="color: #f04d4d;"><strong>a) Visa de Residencia Temporaria de Oportunidades:</strong></span></p>
<ol>
<li>Estará orientada a los migrantes de todos los países que deseen emprender y trabajar en Chile.</li>
<li>Tendrá una vigencia de hasta 12 meses, plazo que podrá prorrogarse por una vez, o solicitar la Permanencia Definitiva.</li>
<li>Sólo podrá ser solicitada fuera de Chile.</li>
</ol>
<p align="justify"><span style="color: #f04d4d;"><strong>b) Visa de Residencia Temporaria de Orientación Internacional:</strong></span></p>
<ol>
<li>Estará orientada a aquellos extranjeros que deseen emprender y trabajar en Chile y que cuenten con un postgrado en alguna de las mejores Universidades del mundo, según el ranking que se establecerá en un reglamento al efecto.</li>
<li>Tendrá una vigencia de hasta 12 meses, plazo que podrá prorrogarse por una vez, o solicitar la Permanencia Definitiva.</li>
<li>Sólo podrá ser solicitada fuera de Chile.</li>
</ol>
<p align="justify"><span style="color: #f04d4d;"><strong>c) Visa de Residencia Temporaria de Orientación Nacional:</strong></span></p>
<ol>
<li>Estará orientada a aquellos extranjeros que obtengan postgrados en Universidades chilenas acreditadas y que deseen emprender y trabajar en Chile.</li>
<li>Tendrá una vigencia de hasta 12 meses, plazo que podrá prorrogarse por una vez, o solicitar la Permanencia Definitiva.</li>
<li>Podrá ser solicitada en Chile o desde el extranjero.</li>
</ol>
<h3 align="justify"><span style="color: #f04d4d;"><b>Proceso de regularización extraordinaria </b></span></h3>
<p align="justify">Podrán acogerse al proceso de regularización extraordinario y regularizar su situación migratoria:</p>
<p align="justify">a) Los extranjeros que permanezcan en el país en situación irregular y que hayan ingresado a Chile hasta el día <strong>8 de abril de 2018</strong>.</p>
<p align="justify">b) Los extranjeros que hayan ingreso de forma irregular al país, eludiendo el control migratorio: en este caso los extranjeros deberán, dentro del plazo de 30 días corridos a contar del <strong>23 de abril de 2018</strong>, registrarse y solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria.</p>
<p align="justify">c) Los extranjeros que residan en Chile con permiso de turismo vencido o visación de residencia vencido: en este caso los extranjeros deberán dentro del plazo de 90 días corridos a contar del <strong>23 de abril de 2018</strong>, registrarse y solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria.</p>
<p align="justify">d) Los extranjeros residentes que desarrollen actividades remuneradas sin contar con la autorización migratoria correspondiente: en este caso los extranjeros que al 8 de abril de 2018 se encuentren en el país con permiso de turismo vigente, o con una solicitud de visa de residencia o reconsideración actualmente en trámite, deberán dentro del plazo de 90 días corridos a contar del <strong>23 de abril de 2018</strong> registrarse y solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria.</p>
<p align="justify">No se concederá permiso de residencia temporaria a aquellos extranjeros que:</p>
<p align="justify">a) Propaguen o fomenten de palabra o por escrito o por cualquier otro medio, doctrinas que tiendan a destruir o alterar por la violencia, el orden social del país o su sistema de gobierno, los que estén sindicados o tengan reputación de ser agitadores o activistas de tales doctrinas y, en general, los que ejecuten hechos que las leyes chilenas califiquen de delito contra la seguridad exterior, la soberanía nacional, la seguridad interior o el orden público del país y los que realicen actos contrarios a los intereses de Chile o constituya un peligro para el Estado.</p>
<p align="justify">b) Se dediquen al comercio o tráfico ilícito de drogas o armas, al contrabando, al tráfico ilegal de migrantes y trata de personas y, en general, a los que ejecuten actos contrarios a la moral o a las buenas costumbres.</p>
<p align="justify">c) Hayan sido condenados o se encuentren actualmente procesados por delitos comunes que la ley chilena califique de crímenes y a los prófugos de la justicia por delitos no políticos.</p>
<p align="justify">d) Hayan sido expulsados u obligados al abandono del país por decreto supremo sin que previamente se haya derogado el respectivo decreto; hayan sido condenados o actualmente procesados por delitos comunes que la ley chilena califique de simples delitos o a los que hayan salido de Chile por disposición del Gobierno; o, hayan sido expulsados de otro país por autoridad competente.</p>
<p align="justify">Será el Subsecretario del Interior el que determinará la suficiencia de los documentos que sean presentados por los extranjeros que se acojan a este proceso de regularización extraordinario, pudiendo revocar o suspender las sanciones migratorias que pesaren sobre ellos y aprobará o rechazará las solicitudes.</p>
<p align="justify">Los extranjeros en situación irregular que no presenten solicitudes de regularización dentro del plazo contemplado serán expulsados del país.</p>
<p align="justify">Si la solicitud es presentada bajo declaraciones falsas, valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona, será rechazada de plano y el solicitante será expulsado de Chile.</p>
<p align="justify">Por último, una vez concluido el proceso de registro y de solicitudes de regularización y <strong>a partir del 23 de julio de 2018 y hasta el 22 de julio de 2019</strong>, la Subsecretaría del Interior entregará a los solicitantes, si correspondiere, un permiso de residencia temporaria, con vigencia de un año, contado desde su estampado en el pasaporte o título de residencia, según corresponda. Al cabo de dicho período el extranjero podrá solicitar el permiso de residencia correspondiente.</p>
<h3 align="justify"><span style="color: #f04d4d;"><b>Indicaciones al Proyecto de Ley de Migración y Extranjería</b></span></h3>
<p align="justify">Junto con las medidas explicadas anteriormente, se enviaron indicaciones al Proyecto de Ley de Migración y Extranjería presentado el año 2013 durante el primer gobierno de Sebastián Piñera, y que actualmente se encuentra en tramitación en el Congreso (<a href="http://immichile.cl/proyecto-de-ley-de-migracion-y-extranjeria/">Lee el artículo sobre los cambios en las categorías migratorias propuestos en el Proyecto de Ley de Migración y Extranjería</a>).</p>
<p align="justify">El Proyecto de Ley y las indicaciones enviadas este lunes, proponen:</p>
<p align="justify">a) El establecimiento de un Consejo de Política Migratoria.</p>
<p align="justify">b) La creación de un Servicio Nacional de Migraciones.</p>
<p align="justify">c) Un catálogo flexible de categorías migratorias.</p>
<p align="justify">d) Garantizar el derecho y acceso a la salud en las mismas condiciones que cualquier chileno.</p>
<p align="justify">e) Garantizar el derecho y acceso a la educación en las mismas condiciones que cualquier chileno.</p>
<p align="justify">f) El derecho y acceso a la Seguridad Social en las mismas condiciones que cualquier chileno, exigiéndose una residencia regular mínima de 2 años en el país.</p>
<p align="justify">g) La modernización del sistema de revalidación y reconocimiento de títulos académicos y profesionales.</p>
<p align="justify">h) La creación de un Registro Nacional de Extranjeros.</p>
<p align="justify">i) La prohibición de solicitar el cambio de calidad migratoria de turista a residente estando en Chile.</p>
<p align="justify">j) La eliminación de las sanciones penales para infracciones migratorias.</p>
<p align="justify">k) Un plazo máximo de siete días para la tramitación de recursos judiciales en caso de expulsión del país.</p>
<p align="justify">l) La reconducción inmediata.</p>
<p align="justify"><iframe loading="lazy" src="https://www.youtube.com/embed/ab5Dgm-tDoE" allowfullscreen="allowfullscreen" width="560" height="315" frameborder="0"></iframe></p>
<p align="justify"><a href="https://cdn.digital.gob.cl/filer_public/b0/09/b0099d94-2ac5-44b9-9421-5f8f37cf4fc5/nueva_ley_de_migracion.pdf" target="_blank" rel="noopener">Minuta de Reforma Migratoria y Política Nacional de Migraciones y Extranjería</a></p>
<p align="justify"><a href="http://www.extranjeria.gob.cl/noticias/2018/04/13/preguntas-y-respuestas-oficiales-sobre-proceso-de-regularizacion-migratoria-2018/" target="_blank" rel="noopener">Preguntas y Respuestas oficiales sobre el Proceso de regularización extraordinario 2018 &#8211; Departamento de Extranjería y Migración</a></p>
<p align="justify"><a href="http://www.extranjeria.gob.cl/media/2018/04/06.-Res.-Exe.-1965-regularizacion.pdf" target="_blank" rel="noopener">Resolución Exenta N° 1.965 del 9-4-2018 que dispone el proceso de regularización extraordinario&nbsp;</a></p>
</div>
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