Dentro de la documentación requerida para solicitar la Visa Sujeta a Contrato, se encuentra, la presentación de un Contrato de Trabajo. Este Contrato de Trabajo, al tener como fin el el obtener una visa sujeta a contrato en Chile, debe contener 4 cláusulas especiales (además del resto de estipulaciones que se puedan pactar entre las partes).

Cláusulas especiales que debe contener el Contrato de Trabajo

Para que la solicitud de visa sujeta a contrato sea acogida a trámite, se requiere que el Contrato de Trabajo suscrito con un trabajador extranjero cuente con 5 cláusulas especiales:

1) Remuneración

Debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en Chile y según las normas laborales vigentes.

No puede ser inferior al sueldo mínimo en Chile.

2) Cláusula de vigencia

Debe ser redactada de la siguiente manera:

«Cláusula de Vigencia. La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visación de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite.”.

3) Cláusula de viaje

Debe ser redactada como sigue:

«Cláusula de Viaje. El empleador se compromete a pagar, al término de la relación laboral (ya sea por término de contrato, despido o renuncia), el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipulen, a su país de origen o al que oportunamente acuerden las partes, conforme a lo dispuesto en el inciso 2°, del artículo 37 del D.S. N° 597 de 1984. Al respecto, se tendrá presente que la señalada obligación del empleador existirá hasta que el extranjero salga del país u obtenga nueva visación o permanencia definitiva.”.

4) Cláusula de Régimen Previsional

Debe ser redactada de la siguiente manera:

Cláusula de Régimen Previsional. Se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen previsional chileno, comprometieńdose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes.”.

5) Cláusula de Impuesto a la Renta

Ésta cláusula debe incluirse sólo si la remuneración convenida es superior a 13,5 UTM (Unidades Tributarias Mensuales), debiendo redactarse de la siguiente forma:

Cláusula de Impuesto a la Renta. El empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada.”.

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Imagen: Departamento de Extranjería y Migración

Sanción en caso de no incluir las cláusulas especiales

De no incluir las cláusulas especiales en el Contrato de Trabajo la solicitud no será acogida a trámite, teniendo que presentar la solicitud nuevamente, esta vez, incluyendo las cláusulas exigidas.

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Casos en que una solicitud de visa no será acogida a trámite

Fuentes

Última modificación: 27 de agosto de 2021.

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